Promoción y Titulación

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Criterios de promoción del alumnado en el marco de lo establecido en el artículo 36 de la Orden 1105/2015.

Promoción.

  1. Promoción 2º ESO (se aplicará lo referente al artículo 28 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo):

La evaluación del proceso de aprendizaje del alumnado de la Educación Secundaria Obligatoria será continua, formativa e integradora, estableciéndose las medidas más adecuadas para el alumnado necesidades específicas de apoyo educativo.

Las decisiones sobre la promoción serán adoptadas de forma colegiada por el conjunto de profesores.

Los alumnos y alumnas promocionarán de curso cuando hayan superado todas las materias cursadas o tengan evaluación negativa en dos materias como máximo, y repetirán curso cuando tengan evaluación negativa en tres o más materias, o en dos materias que sean Lengua Castellana y Literatura y Matemáticas de forma simultánea.

Excepcionalmente podrá autorizarse la promoción con evaluación negativa en tres materias cuando el equipo docente considere que la naturaleza de las mismas no le impide seguir con éxito el curso siguiente, que tiene expectativas favorables de recuperación y que dicha promoción beneficiará a su evolución académica. En todo caso y dada la relevancia para el aprendizaje de las materias instrumentales de matemáticas y lengua castellana y literatura, no se podrá aplicar dicha excepcionalidad a aquellos alumnos que tengan pendientes dichas materias junto con alguna otra de las cursadas.

Podrá también autorizarse de forma excepcional la promoción de un alumno o alumna con evaluación negativa en dos materias que sean Lengua Castellana y Literatura y Matemáticas de forma simultánea cuando el equipo docente considere que el alumno o alumna puede seguir con éxito el curso siguiente, que tiene expectativas favorables de recuperación y que la promoción beneficiará su evolución académica, y siempre que se apliquen al alumno o alumna las medidas de atención educativa propuestas en el consejo.

En el cómputo de las materias no superadas, a efectos de promoción y titulación, se consideran tanto las materias del propio curso como las de cursos anteriores.

El alumno o alumna podrá repetir el mismo curso una sola vez y dos veces como máximo dentro de la etapa. Cuando esta segunda repetición deba producirse en cuarto curso, se prolongará un año el límite de edad.Excepcionalmente, un alumno o alumna podrá repetir una segunda vez en cuarto curso si no ha repetido en los cursos anteriores de la etapa.En todo caso, las repeticiones se establecerán de manera que las condiciones curriculares se adapten a las necesidades del alumno o alumna y estén orientadas a la superación de las dificultades detectadas.

Con la finalidad de facilitar que todos los alumnos y alumnas logren los objetivos y alcancen el adecuado grado de adquisición de las competencias correspondientes, las Administraciones educativas establecerán medidas de refuerzo educativo, con especial atención a las necesidades específicas de apoyo educativo. La aplicación personalizada de las medidas se revisará periódicamente y, en todo caso, al finalizar el curso académico.

Al final de cada uno de los cursos de Educación Secundaria Obligatoria se entregará a los padres, madres o tutores legales de cada alumno o alumna un consejo orientador, que incluirá un informe sobre el grado de logro de los objetivos y de adquisición de las competencias correspondientes, así como una propuesta a padres, madres o tutores legales o, en su caso, al alumno o alumna del itinerario más adecuado a seguir, que podrá incluir la incorporación a un programa de mejora del aprendizaje y el rendimiento o a un ciclo de Formación Profesional Básica.

  1. Promoción 1º y 3º ESO (artículo 22 del Real Decreto 1105/2014, de 26 de diciembre):

Las decisiones sobre la promoción del alumnado de un curso a otro, dentro de la etapa, serán adoptadas de forma colegiada por el conjunto de profesores del alumno o alumna respectivo, atendiendo al logro de los objetivos de la etapa y al grado de adquisición de las competencias correspondientes.

La repetición se considerará una medida de carácter excepcional y se tomará tras haber agotado las medidas ordinarias de refuerzo y apoyo para solventar las dificultades de aprendizaje del alumno o alumna.

Los alumnos y alumnas promocionarán de curso cuando hayan superado todas las materias cursadas o tengan evaluación negativa en dos materias como máximo, y repetirán curso cuando tengan evaluación negativa en tres o más materias, o en dos materias que sean Lengua Castellana y Literatura y Matemáticas de forma simultánea.

Excepcionalmente podrá autorizarse la promoción con evaluación negativa en tres materias cuando el equipo docente considere que la naturaleza de las mismas no le impide seguir con éxito el curso siguiente, que tiene expectativas favorables de recuperación y que dicha promoción beneficiará a su evolución académica. En todo caso y dada la relevancia para el aprendizaje de las materias instrumentales de matemáticas y lengua castellana y literatura, no se podrá aplicar dicha excepcionalidad a aquellos alumnos que tengan pendientes dichas materias junto con alguna otra de las cursadas.

Podrá también autorizarse de forma excepcional la promoción de un alumno o alumna con evaluación negativa en dos materias que sean Lengua Castellana y Literatura y Matemáticas de forma simultánea cuando el equipo docente considere que el alumno o alumna puede seguir con éxito el curso siguiente, que tiene expectativas favorables de recuperación y que la promoción beneficiará su evolución académica, y siempre que se apliquen al alumno o alumna las medidas de atención educativa propuestas en el consejo.

Quienes promocionen sin haber superado todas las materias deberán matricularse de las materias no superadas, seguirán los programas de refuerzo que establezca el equipo docente y deberán superar las evaluaciones correspondientes a dichos programas de refuerzo.

El alumno o alumna que no promocione deberá permanecer un año más en el mismo curso. Esta medida podrá aplicársele en el mismo curso una sola vez y dos veces como máximo dentro de la etapa. Cuando esta segunda repetición deba producirse en tercero o cuarto curso, tendrá derecho a permanecer en régimen ordinario cursando Educación Secundaria Obligatoria hasta los diecinueve años de edad, cumplidos en el año en que finalice el curso. Excepcionalmente, podrá repetir una segunda vez en cuarto curso si no ha repetido en los cursos anteriores de la etapa.

Con la finalidad de facilitar que todos los alumnos y alumnas logren los objetivos y alcancen el adecuado grado de adquisición de las competencias correspondientes, las Administraciones educativas establecerán medidas de refuerzo educativo, con especial atención a las necesidades específicas de apoyo educativo. La aplicación personalizada de las medidas se revisará periódicamente y, en todo caso, al finalizar el curso académico.

Al final de cada uno de los cursos de Educación Secundaria Obligatoria se entregará a los padres, madres o tutores legales de cada alumno o alumna un consejo orientador, que incluirá una propuesta a padres, madres o tutores legales o, en su caso, al alumno o alumna del itinerario más adecuado a seguir, así como la identificación, mediante informe motivado, del grado del logro de los objetivos de la etapa y de adquisición de las competencias correspondientes que justifica la propuesta. Si se considerase necesario, el consejo orientador podrá incluir una recomendación a los padres, madres o tutores legales y, en su caso, al alumnado sobre la incorporación a un programa de mejora del aprendizaje y del rendimiento o a un ciclo de Formación Profesional Básica.

Titulación (4º de ESO)

Los alumnos que al término de la educación secundaria obligatoria hayan alcanzado las competencias básicas y los objetivos de la misma recibirán el Título de Graduado en educación secundaria obligatoria. Y los alumnos que no obtengan el título recibirán un certificado de escolaridad en el que constarán los años y materias cursadas.

Los alumnos titularán cuando hayan superado todas las materias cursadas o tengan evaluación negativa en dos materias como máximo. Excepcionalmente obtendrán el título con evaluación negativa en tres materias, siempre que entre ellas no estén incluidas lengua castellana y literatura y matemáticas simultáneamente.

Las decisiones sobre la titulación serán adoptadas de forma colegiada por el conjunto de profesores.

Criterios generales para la atención de las actividades de evaluación y recuperación de los alumnos con materias pendientes de otros cursos.

Los diferentes Departamentos Didácticos contribuirán a que el alumnado afectado recupere las asignaturas pendientes de cursos anteriores, en el contexto de la evaluación continua, personalizadae integradora.

Criterios Generales

1. De forma general, la responsabilidad de la recuperación de una materia pendiente será del Profesor que la impartió en su momento, aunque excepcionalmente podrá serlo el Jefe del Departamento o el Profesor que en el curso actual esté dando la materia correspondiente, siempre en todo caso, acogiéndose a las líneas generales y criterios elaborados por el Departamento al que pertenece y a los establecidos conjuntamente por el Claustro de Profesores de la etapa.

2. Si se trata de un alumno nuevo en el centro, el responsable será el profesor titular de la asignatura que tiene pendiente.

3.  Cada Departamento Didáctico, por materias, establecerá los contenidos mínimos, los criterios de evaluación,  y de entregas de tareas que deban realizar los alumnos implicados en el proceso de recuperación.

4. El Departamento de Orientación se implica en el proceso de recuperación de materias pendientes, dedicando sesiones específicas para este fin, teniendo en cuenta las características del alumnado.

5. Se establecerá un calendario enmarcado dentro del curso escolar, en el que la realización de exámenes o pruebas escritas se harán al inicio del segundo y tercer trimestre, de modo, que los alumnos puedan aprovechar los períodos de vacaciones de Navidad y Semana Santa para estudiar, preparar las pruebas o realizar otros trabajos específicos.

6. A lo largo del primer trimestre, se planificarán fechas de entrega de trabajospara la recuperación de materias, pero las fechas de exámenes deben obligatoriamente estar sujetas al punto anterior para que la planificación y desarrollo del plan, afecte lo menos posible a la preparación de exámenes correspondientes al curso ordinario en el que se encuentra el alumno.

7. En el mes de juniose celebrará la sesión de evaluación, donde se decidirá la calificación de las materias pendientes de cada alumno y se recogerán, en acta, los resultados de la evaluación de las materias pendientes.

8. Las familias serán informadas en dos momentos del curso; en febrero los alumnos llevarán un boletín informativo de los resultados obtenidos hasta el momento y en junio aparecerá su nota de pendientes en el boletín de notas.

9. El alumno que no haya superado la materia, deberá realizar en el mes de septiembre una prueba extraordinaria. Tras la sesión de evaluación, los padres serán informados a través de un boletín.

Criterios de evaluación:

  • La evaluación positiva de las materias pendientes estará condicionada a la entrega de trabajos y a la actitud positiva en el cumplimiento de las responsabilidades que los alumnos deban cumplir en todos los aspectos de recuperación de pendientes.
  • Cada Departamento ponderará la valoración de cada una de los requisitos necesarios para la evaluación de cada materia pendiente, teniendo en cuenta la actitud, la realización de trabajos y los resultados de los exámenes.(20% trabajos y actitud y 80 % pruebas escritas)
  • El alumnado podrá realizar en el mes de septiembre una prueba extraordinaria de aquellas materias que no haya superado en la evaluación final ordinaria de junio. La realización de la prueba extraordinaria, su evaluación, entrega de calificaciones y revisión se desarrollará en los primeros días del mes de septiembre

Orientaciones para incorporar los elementos transversales establecidos en el artículo 6 del Real Decreto 1105/2014, de 26 de diciembre.

El Real Decreto 1105/2014 incide en la importancia de incorporar contenidos transversales a partir de la Educación Secundaria Obligatoria y considera que estos elementos transversales se relacionan con:

  1. La prevención del sexismo, la violencia de género y cualquier discriminación por motivos de género.
  2. La resolución pacífica de conflictos en todos los ámbitos, el rechazo al terrorismo y el respeto a sus víctimas.
  3. El rechazo al racismo, la xenofobia y homofobia, incluyendo el análisis del Holocausto judío.
  4. El respeto al medio ambiente y el desarrollo sostenible.
  5. La importancia de un uso adecuado de las TICs y el peligro que supone su utilización inadecuada para el respeto de los derechos de los demás.
  6. El espíritu emprendedor y la importancia de los valores éticos en las empresas.
  7. La importancia de la vida activa, la práctica de ejercicio físico y la buena alimentación.
  8. La educación vial y la importancia de ser buenos peatones y conocer todas las normas de circulación.

Estos contenidos transversales se han venido incorporando como contenido curricular en las distintas áreas de la Educación Secundaria, especialmente en las que tienen una más estrecha relación con la esencia de los mismos. Además se vienen incorporando como contenido extra curricular en celebraciones como el Día de la Paz y las Jornadas por la Integración, los apadrinamientos instaurados por PROCLADE que es la ONG de la Comunidad Claretiana. En el Real Decreto se establecen estrategias para su implementación en los centros educativos por el que los distintos Ministerios promoverán charlas, talleres y otros tipos de actividades formativas para exponer estos contenidos en los centros escolares.

 Así en la Disposición adicional novena del Real Decreto se concreta:

Desde el Ministerio de Educación, el de Cultura y Deporte y del Interior, en conjunto con las  Fundación de Víctimas del Terrorismo, promoverán el testimonio de las víctimas y de su relato de los hechos. Así mismo esos Ministerios junto con el de Justicia harán llegar información al alumnado sobre los riesgos de explotación y abuso sexual.

Los Ministerios de Educación, Cultura y Deporte y de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad,  promoverán entre el alumnado actividades de información, campañas de sensibilización, para la promoción de la igualdad de oportunidades y la no discriminación, en especial entre mujeres y hombres y personas con algún tipo de discapacidad, así como para la prevención de la violencia de género.

Todas estas actuaciones se realizarán mediante la organización en los centros docentes, de conferencias, seminarios, talleres y todo tipo de actividades, adaptadas a la etapa evolutiva de los alumnos.

Programaciones didácticas de materia y curso.

Ver documento anexo pendiente de finalización.

Criterios y procedimientos para la evaluación anual de la propuesta curricular.

El equipo de profesores a la finalización de las actividades lectivas, evaluará el grado de consecución de cada uno de los aspectos, relacionados de forma general con la etapa,  señalados en el documento. Aquellos puntos referidos a aspectos curriculares serán revisados por los diferentes departamentos didácticos con antelación y presentados al equipo de profesores de la etapa de cara a una evaluación globalizadora que permita proponer acciones de mejora no adscritas a un área o departamento sino al conjunto de la etapa.

Criterios:

  1. Acomodación a la legislación vigente del documento.
  2. Grado de desarrollo y cumplimiento de cada uno de los apartados del documento. Acciones de mejora para aquellos aspectos mejorables.
  3. Revisión del desarrollo y valoración de los contenidos, criterios de evaluación y estándares de aprendizaje; para su ajuste a la realidad sociocultural del alumnado y la  mejora del rendimiento.
  4. Comparar los resultados y reflexiones con el histórico generado.
  5. Grado cohesión y continuidad de la propuesta curricular de la etapa con etapas anteriores.
  6. Satisfacción del antiguo alumnado con la propuesta tras su primer curso de estudios fuera del centro.